El día de ayer se ha dado a conocer la resolución que autoriza a NIC Argentina (Dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto) a limitar la registración de dominios con código país .ar a 200 (doscientos) dominios por Entidad Registrante.
La resolución 203/2009 explica:
ARTÍCULO 1º.- Limítase el número de nombres registrados que una Entidad Registrante pueda inscribir en el subdominio “.com.ar” u “.org.ar” a DOSCIENTOS (200), según lo dispuesto en los ANEXOS I y II de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones de la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del día posterior a su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Qué sucederá con los dominios actuales? Si quiero registrar más de 200 dominios, cómo debo hacer? Y si transfiero mis dominios a un tercero?
Continúen leyendo para conocer la respuesta a estas preguntas! Read the rest of this entry »

